jueves, 19 de julio de 2012

¿Qué se estudia?


Constitución de la República  Bolivariana de Venezuela.

Código de Comercio.

Ley del Seguro Social.

Ley de Armas y Explosivos.

Ley de Impuestos Sobre la Renta.

Decreto con fuerza de ley de Coordinación de Seguridad Ciudadana.

Ley Orgánica de la Seguridad de la Nación.

Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos

Ley del Timbre Fiscal. 

Ley para el Desarme

Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

Reglamento de los Servicios Privados de Vigilancia, Protección e Investigación, Decreto 699 de fecha 14 de
enero de 1975. Gaceta Oficial Número 30.597.

Ley de Armas y Explosivos.

Ley  Orgánica sobre  Estados de Excepción.

Ley orgánica del trabajo.

Resolución Nº 543 de fecha 30 de Diciembre de 1997. Gaceta Oficial Nº 36.364.

Sinopsis Histórica y problemática de la Seguridad Privada en Venezuela


Sinopsis Histórica y problemática de la Seguridad Privada en Venezuela

se han incrementado de manera desproporcional a nivel mundial, donde Venezuela no ha sido la excepción, siendo en octubre de 1958, cuando se crea la primera empresa de vigilancia en el país, denominada SERENOS ASOCIADOS, fundada por Guillermo Pénso y Martín Gornés (de nacionalidad cubana). 


     Posteriormente en ese mismo año, se constituye la segunda empresa denominadaSERVICIO PANAMERICANO DE PROTECCION, dedicada al transporte de valores y fue fundada por Luis del Pino (de nacionalidad cubana) quien vende su negocio a la transnacional Norteamericana de la Seguridad Brink, y en el quinquenio siguiente se fundó la empresa de Transporte de Valores Caribe C.A. (TRANSVALCAR),convirtiéndose estos, en los pioneros de la seguridad privada en nuestro país y fueron las primeras empresas que inician sus actividades sin que existiese alguna regulación jurídica en la materia.
     
     En 1966, ya existían seis (06) empresas constituidas en el país y fue cuando el Presidente Raúl Leoni, firma el decreto 559, asignándole al Ministerio de Relaciones Interiores (hoy Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia), la responsabilidad y atribuciones de autorizar y supervisar el funcionamiento de referidas empresas y en junio de 1974, once (11) compañías de Seguridad Privada, se reúnen y fundan la Cámara Nacional de Vigilancia y Protección (CANAVIPRO) con la intención de conformar un marco jurídico para defender los intereses de estas empresas y el 14 de enero 1975, el presidente Carlos Andrés Pérez , firma el decreto Nro. 699. (Reglamento de los Servicios Privados de Vigilancia, Protección e Investigación) que hoy día sigue siendo la norma jurídica que regula y controla esta actividad y ratifica al Ministerio de Relaciones Interiores como el ente rector para otorgar, renovar y/o revocar las autorizaciones o licencias de funcionamiento.
     
     A consecuencia de la nacionalización del petróleo el primero de enero de ese mismo año y la gradual transformación de la población rural hacia la urbana, aunado al crecimiento desordenado de nuestras ciudades y el auge de los focos delictivos producto de la incapacidad del estado por parte de los gobiernos de la cuarta República de no prestar un encomiable servicio de seguridad pública para brindar a nuestro pueblo soberano la mayor suma de felicidad posible con un loable ambiente de paz y sosiego, dio origen a la proliferación de empresas, despertando en estos momentos suspicacia e inquietud a la autoridad competente, dando lugar a la restructuración actual de la Dirección General de los Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada (DIGESERVISP), a fin  de estudiar y analizar una serie de interrogantes en cuanto a la Dicotomía Seguridad Publica / Seguridad Privada y la delimitación propia de las funciones especificas de cada una.
     
     No obstante, la observación directa de los Servicios de Vigilancia Privada, se origina por la gran cantidad de controles en las vías de acceso o ingreso a las diversas urbanizaciones, estacionamientos públicos, centros comerciales, entre otros, donde los ciudadanos son objeto de control por parte de vigilantes privados que en un gran porcentaje, no han sido formados o capacitados para cumplir esta función, ni para portar armas de fuego, que podrían conculcar los derechos legítimos  de la comunidad, y es por ello que el Gobierno Bolivariano y Revolucionario, tiene la gran responsabilidad a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, de velar por el fiel y cabal cumplimiento de la normativa legal vigente por parte de estas empresas con el único y sano propósito, que ejerzan un excelente servicio en beneficio de la colectividad.